Puente de Márquez
El puente de mayor trascendencia de nuestra historia
El antiguo camino de los correos o del oeste, descubierto y establecido en 1586, cruzaba el río de las Conchas por el vado natural denominado “Paso del Rey”, situado en las inmediaciones del puente actual de la Ruta 7. Cuando las aguas desbordaban su cauce, quedaba suspendida la comunicación de Buenos Aires con las ciudades del interior, con notorio perjuicio para el comercio. La necesidad de construir un puente en esa zona fue llevada por don Pablo Márquez, quien alrededor de 1773 levanta en las inmediaciones de la actual Avenida Gaona y sobre el río de las Conchas, el puente de mayor trascendencia histórica de la Provincia, por haber sido el lugar obligado para el acceso a Buenos Aires por la ruta del Oeste. Al año siguiente de su construcción, don Pablo Márquez es contratado por el Cabildo de la Villa de Luján para efectuar las reparaciones necesarias a su puente establecido sobre el río Luján años atrás, “por parecer inteligente en ello”.
En el acuerdo del 28 de enero de 1777 el Cabildo de Buenos Aires resuelve averiguar el monto de los derechos de pontazgo que cobraba Márquez, librándose para ello un oficio al Síndico Procurador del Cabildo de Luján, don Juan José Lezica.
El 1781, el cabildo porteño hace escriturar a su favor a don Pablo Márquez, a fin de que “cumplidos los Diez años del puente… quede a beneficio de los propios de esta Ciudad” y acuerda que sin pérdida de tiempo se proceda a dar cuenta a S.M (el Rey Don Carlos III) para su real aprobación”. El 8 de mayo de 1783, el mismo resuelve poner en pública subasta el derecho de pontazgo, por expirar el 24 de junio de ese año la gracia concedida a su fundador, recordándose en esa oportunidad la necesidad de dirigirse al apoderado que tenían en la Corte, para que pidiera al soberano la gracia de la confirmación de los derechos sobre el puente, a favor del Cabildo.
Se efectúan el remate acordado, por el término de cinco años en beneficio de don Pedro Ferreira, pero al solicitar preferencia sobre tal derecho su propio fundador, como se lo había reservado en el pliego que presentara con las condiciones para su construcción, se le concede por el término citado.
En 1786 se cobraban los siguientes derechos de pontazgo: “medio real por cada Carreta que, pasa cargada, siendo de esta jurisdicción, y un real por cada una de las foráneas; los que transitan a caballo con cargo o sin ella llegando al número diez, medio real”. En la misma oportunidad se aclaraba: “Tubo el rey Nuestro Señor la bondad de autorizar a el Exmo Sor. Virrey (Don Nicolás del Campo, marqués de Loreto) a fin de que confirmare el propio citado Puente de Márquez dando cuenta para que resolviere así mismo sobre la construcción de los demás” que se pensaban construir sobre el Riachuelo de los Navíos y el río Arrecifes.
El puente queda por mucho tiempo en poder de los Márquez. En el libro 7s, f.282 de las Tomas de Razón (Despachos, Títulos y cédulas) encontramos que a “Don Ambrosio Márquez se le expidió título por esta Superioridad con fecha 9 de agosto de 1798, pa. Estanquero del Puente de las Conchas”.
Los Márquez poseían una considerable extensión de tierra en la margen exterior del río de las Conchas (hoy Partido de Moreno).
En 5 de septiembre de 1800 doña Juana María Martínez de Márquez, viuda de don Mariano Márquez, hijo único de don Pablo Márquez, justifica su buen derecho a 674 varas de frente al río y 9000 de fondo compradas por éste al albacea de doña María Peredo. Al día siguiente se hace mensura de mil varas por el agrimensor don Manuel Osores, incluyéndose 326 varas que don Jorge Navarro, como albacea y heredero de doña María Peredo, había vendido a Márquez. Por fallecimiento de doña Juana María Martínez viuda de Márquez estas tierras pasan a su hijo Ambrosio, quien las venderá el 15 de octubre de 1855 a don José María Malaver.
Volviendo a retomar la reseña del puente, en 1805 los maestros carpinteros Domingo Abalos y Lorenzo Mosqueira realizan una inspección para observar su estado y en 1806 el poseedor del pontazgo, don José Antonio Noriega, solicita se le de mayor extensión y se le efectúen las reparaciones necesarias, las que son realizadas plenamente en 1808 por Juan bautista Zelaya.
En enero de 1811 el Cabildo concede por remate, en la suma de 2.025 pesos, el derecho de pontazgo a don Francisco Antonio Herrero, ex Regidor y Alférez Real en 1806, de destacada actuación durante las jornadas heroicas de las Invasiones Inglesas. El 26 de noviembre del mismo año Herrero pone a disposición del Cabildo, trescientos setenta y siete pesos cinco y tres cuartillos de reales “de lo que ha producido el puente de Márquez en los doscientos setenta y tres días que ha corrido a su cargo”.
El 25 de octubre de 1811 el derecho es adquirido por don José Ignacio Reibaud, quien lo mantiene hasta 1815, bajo la fianza de don Jaime Lavallol.
En 1814 se efectúan estudios necesarios para la reparación del puente, por el maestro mayor Juan Domingo Banegas. El 9 de enero de 1815 el Director Supremo don Carlos María de Alvear resuelve “se comisione al maestro mayor de las obras del estado, para que pasando a reconocer prolijamente, examine la posibilidad de mantenerlo con un gasto reducido capaz de servir sin riesgo al público, hasta que con menos atenciones que las que hay en el día se pueda proceder a una obra sólida y completa, y por último que si la necesidad exige absolutamente un gasto crecido, se examine entonces, si con el mismo costo puede procederse a mudarlo al punto denominado Paso del Rey, según lo solicita el Vecindario por la firmeza del piso y ahorro de camino,, debiendo formarse los presupuestos correspondientes, ya sea por una corta refacción, ya para renovarse completamente donde existe, o ya para trasladarlo a otro punto…”
Para la mencionada traslación los vecinos ofrecían un auxilio, pero pese a la facilidad, el puente es refaccionado de acuerdo a lo propuesto por Banegas quien coloca una estacada de Ñandubay, forra el puente de tablas y cubre de tierra su superficie con un espesor de media vara de alto, a efectos de “preservar las maderas de la intemperie”, siempre con la “mayor economía posible”. El 29 de mayo de 1815 vence el contrato de Reibaud, quien por entonces se hallaba en “circunstancias muy notorias de quiebra, descubierto e insolvencia”, debiendo cubrir sus deudas su fiador don Jaime Lavallol.
El 13 de octubre de ese año, tan convulsionado por las contiendas políticas, el Cabildo toma medidas tendientes a mejorar la administración del puente, debido a “que por la paralización del Comercio, difícilmente se presentará – según manifestaban – persona que haga una postura regular y ventajosa”, procediendo por lo tanto a encargar la administración del pontazgo por cuenta del Ayuntamiento, a don Mauricio Mexia, “residente en aquel lugar, quien deberá llevar una razón exacta de los productos del Puente, entregando su importe diario a Don Luis Pellón, y haciéndose la asignación de diez pesos mensuales por su trabajo; la de sesenta pesos anuales para la manutención de su persona, y la de cuarenta y ocho para la de un caballo, facultándosele a más de este, para la compra de útiles, necesarios para la mejor conservación y recomposición del terraplén del Puente y que dará puntualmente razón a la conclusión del año, quedando responsable sobre este particular, y demás productos del Puente el citado Pellón”.
Mexia no acepta el cargo por “haber abrazado ya otra carrera más ventajosa”, entregándosele por este motivo la administración a Pellón bajo la responsabilidad de don Francisco Antonio Herrero, ex poseedor del pontazgo, persona de reconocida honorabilidad y solvencia entre los vecinos de Buenos Aires.
A pellón se le permitía usar, de acuerdo a su pedido, dos armas de chispa y dos blancas “En atención a que habiéndole de ser preciso a deshoras de la noche abrir la puerta del puente, y por consiguiente la de su habitación, cuando lo exijan los transeúntes, y para resguardo las tuvo su antecesor, siendo como el exponente Español Europeo”.
En 1820 Pellón será asaltado, perdiendo por ello “todo el dinero que tenía y sus Bienes”. Herrero lo representa ante el Cabildo para justificar una suma impaga, la que es condonada previos informes del Cura y el Alcalde de Morón, quienes corroboran lo sucedido al administrador. La última noticia que nos traen los Acuerdos del Cabildo es la solicitud que hicieron al ilustre cuerpo suprimido en 1821, los señores Florencio Rondó y Manuel Sánchez, pidiendo se les rebaje el remate del puente, por los perjuicios sufridos en el año veinte. (16-11-1821).
Una vez creado el partido de Moreno e instalado el Juzgado de Paz, su titular, don Pedro Martínez Melo, se aboca a la recaudación de los impuestos, tan escasos por entonces para las obras que se debían realizar y es precisamente el peaje del Puente de Márquez, lo que llama su atención por considerarlo dentro de su jurisdicción.
En el primer informe oficial, bajo el rubro Obras y Vías Públicas dice: “Un asunto arduo se presenta hoy, en que a juicio de esta Municipalidad, cree que está siendo explotada ilegítimamente en una parte de sus rentas, y ello consiste en el peaje de cinco pesos por carreta, del Puente Márquez” que cobran hoy unos particulares, actuales poseedores de la Chacra de D. Luis Pellón, del Partido de Morón, por convenio, según se dice, celebrado con éste, hoy ya finado, y en cuyo negocio también como contratante, el Sr. Anchorena.
Debo observar al Sr. Ministro, que aquel Puente construido desde época muy remota, viene hasta la fecha siendo explotado por los Pellón y sus herederos, y que habiendo estado casi totalmente destruido allá por el año 36, el expresado D. Luis Pellón, obtuvo de Rosas la concesión de, según informaciones que esta Corporación tiene, fue hecha con las mismas informalidades y arbitrariedad que se hacían otras, en aq1uel mismo tiempo.
Ahora pues, cualquiera que hubiese sido el Empresario de dicho puente, debió habérsele concedido un privilegio de un número de años para su explotación y concluido este plazo, haber pasado –como sucede en obras de esta clase- a ser propiedad del estado, y por lo tanto, su explotación al Municipio donde se encuentra radicado, para los trabajos de entretenimiento.
Lo indicado ya, y el no tener conocimiento esta Municipalidad de ninguna autorización legal, que por algún segundo contrato, con quien corresponda, puedan tener los actuales poseedores de la chacra de Pellón, o del Sr. Anchorena, para continuar cobrando el peaje desorbitante de un Puente que se encuentra hoy pésimamente atendido, todo esto repito, corrobora aún más, Señor Ministro, el juicio que he emitido sobre una obra de importancia para el tránsito a la Capital de los Pueblos del Oeste y Norte de nuestra Campaña. En la obligación pues, de velar por los intereses de esta localidad, esta Municipalidad hace presente al Superior Gobierno, la conveniencia de averiguar los datos necesarios para esclarecer un asunto que indispensablemente debe haber transmitido, por alguna de las oficinas de los Ministerios de Hacienda o Gobierno, si es que su explotación se ha hecho y se hace con legalidad, pues es allí donde deben estar los antecedentes del previo contrato que debe haber precedido para establecer el peaje que hoy se cobra, y el número de años de su privilegio, que el contratante tenga para ello”.
Esta gestión no tendrá éxito, no obstante haberse insistido siempre en la reivindicación de los derechos que a la Municipalidad de Moreno correspondían.
El 6 de abril de 1875, en un detallado informe elevado al Ministerio de Hacienda Dr. Eduardo Basavilbaso, dice Cipriano Noguera: “Hace algunos años, Sr. Ministro, quizá ocho, que el Juzgado de Moreno inició, la gestión de reivindicar para el fisco el Puente denominado de “Márquez”, situado sobre el río de las Conchas, en el Camino General que conduce del oeste de la Provincia a la Capital. Los antecedentes de esa gestión parece que se hubiera extraviado hallándose a punto de resolverse favorablemente”. Mi antecesor el Sr. Rojas buscó en la Escribanía de Gobierno el expediente para activar el resultado de aquella gestión, promovida por el primer Juez de Paz D. Pedro Martínez Melo, y parece que el Sr. Rojas no ha podido conseguir que en la Escribanía de Gobierno de Gobierno se les dijese donde estaba el expediente, pues no se encontraba en el registro.
El que firma, como escribiente, del Juzgado desde su instalación y actor en una información levantada respecto de la propiedad del Puente, recuerda que el finado ex Juez de Paz D. Pedro Martínez Melo le hizo saber que el expediente había sido remitido al Juzgado de Paz de la Catedral al Norte para hacer una notificación a un Sr. Anchorena, dueño del Campo que fue de Pellón, en el Partido de Morón, quedando este asunto sin que nadie lo agitase probablemente desde 1866 o 67 y sin haber quedado constancia de lo actuado en esta oficina.
Recuerda también el que firma que a indicación suya el finado Melo ocurrió al archivo de la Policía en donde según él, había encontrado antecedentes que corroboraban que el Puente de Márquez había sido propiedad fiscal antes de aparecer como de Pellón o de los Señores Anchorena.
Parece Sr. Ministro que antes de existir el Puente donde se halla colocado, debió existir un paso, que el tránsito, las avenidas del río u otras causas debieron dificultar. Que uno de los señores Márquez, poseedor de un terreno inmediato al camino general del Oeste, deseoso de facilitar la viabilidad o hacer negocio obtuvo la concesión de construir un Puente, cuyo nombre lleva hasta ahora o lo hizo construir la autoridad dándole el público ese nombre a causa de la vecindad del Sr. Márquez, pero como los individuos de este nombre propietarios antiquísimos han desaparecido sin que el Puente pertenezca o haya pertenecido desde muchísimos años a ningún individuo de la familia, se desprende que si hubo concesión el término está vencido con exceso pues no se puede creer que la concesión haya sido hecha a perpetuidad y mucho menos sobre la vía pública.
El Puente Márquez, Señor, es una construcción antiquísima, quizá, pasa de cien años y si la propiedad de dicho puente fuese privada, como se ha creído al notificarse a uno de los Señores Anchorena en 1866 o 67, dicho puente no se hallaría en el abandono en que hoy se encuentra pues al haberse hecho la concesión debieron establecerse las condiciones de explotación y valor del peaje. Hoy se encuentra ese puente en malísimo estado, como verá Vs. Por la copia autorizada que tengo el honor de acompañar.
El Río de las Conchas tiene a mas del Puente de Márquez, el de Cañón y el de Paso de Morales, los concesionarios han obtenido el privilegio de explotar estos puentes por 30 años, quedando a la terminación de este período a beneficio del público, es obligación de las empresas mantener en buen estado los caminos adyacentes, se conoce el peaje que se debe cobrar, obligaciones que no existen para los que se llaman dueños del Puente de Márquez, pues este se halla en mal estado, capaz de producir una catástrofe sin no se reparan sus adyacencias y según se dice, el peaje se cobra arbitrariamente…, más hoy aparecer que D. Fabián Gómez ha enajenado la propiedad al Sr. Buteler deslindándose y quedando el antiguo edificio separado del terreno enajenado y por consiguiente el Puente fuera de la propiedad Anchorena o Gómez, razón en mi concepto demás para reputar que el Puente de Márquez no es ni de Pellón ni de Anchorena, cuando la lonja de terreno sobrante fuese de los herederos del primero pues ya ha estado reputado por algunos años como el segundo…”.
El problema quedará definitivamente subsanado al sancionarse la Ley de Caminos y Cercas de la Provincia de Buenos Aires, promulgada el 8 de octubre de 1889. En su artículo 30 establecía: “El paso de los puentes construidos o a construirse sobre caminos públicos y que pertenezcan al Estado o a las Municipalidades, será libre para el tránsito. En consecuencia y desde el 1 de enero de 1890, queda suprimido el cobro de peaje autorizado por leyes o decretos anteriores a la presente”.
Cronología histórica del Puente de Márquez
Mayo de 1810 – La Primera Junta lo determina como punto de reunión para la formación del Ejército Expedicionario al Alto Perú, que estaría compuesto por los regimientos de Patricios, Arribeños, Pardos y Morenos.
16 de junio de 1820 – Las Guarniciones establecidas en el Puente de Márquez, conjuntamente con las de Quilmes, San Isidro y Buenos Aires, proclaman la autoridad de Soler, como Gobernador de Buenos Aires, haciéndolo reconocer por el Cabildo de Luján.
1 de octubre de 1820 – Rosas acampa en el Puente con sus tropas durante la sublevación de Pagola, con el fin de auxiliar a Dorrego y respondiendo al llamado del Gobernador Martín Rodríguez. Por esta acción y las sucesivas le otorgarán el título de Restaurador de las Leyes en 25-1-1830.
4 de mayo de 1826 – El Puente sirve de límite a la Capital de la República “siendo el territorio de ésta desde el Puerto de Las Conchas, hasta el Puente llamado de Márquez, y desde éste, tirando una línea paralela del Río de La Plata, hasta dar con el de Santiago”.
26 de abril de 1829 – Combate entre las tropas de Lavalle contra las de Rosas y López, Lavalle, después de sorprender una guardia que custodiaba el Paso del Río de las Conchas, atacó con 1.400 soldados de caballería, 500 infantes y cuatro piezas de artillería de campaña. Los veteranos de la Guerra del Brasil hicieron prodigios esa mañana para reducir a las milicias de Santa Fe y de Buenos Aires, en una serie de cargas tan brillantes como impotentes. Desde las 6 hasta las 10 de esa mañana se combatió encarnizadamente. En las cargas que llevaron y dispersaron a los veteranos que emprendieron la retirada para el otro lado del río (Morón), a las cuatro de la tarde. López debió retirarse a Santa Fe para defenderla de un presunto ataque de Paz, Hubo más de 150 muertos.
30 de enero de 1852 – Combate entre las fuerzas de Urquiza y Rosas. Pacheco se retira del Puente por Diferencias de planes con el Restaurador, con respecto a la defensa. Por allí pasó el Ejército Grande de Urquiza, rumbo a la victoria de Caseros.
4 de agosto de 1853 – Sirve nuevamente de límite a la Capital de la Confederación, por Ley del Congreso Constituyente de Santa Fe, que luego queda sin efecto.
El puente original ya no existe, pero el gran significado histórico que posee el lugar en que se hallaba emplazado le valió ser designado como Lugar Histórico Nacional el 18 de noviembre de 1964 mediante Decreto Nº 9292/64, firmado por el Presidente Arturo Illia y su Ministro, Carlos Alconada Aramburu.
Fuente
Ocampo, Juan Carlos – Orígenes históricos de la ciudad y Partido de Moreno
Se permite la reproducción citando la fuente: www.revisionistas.com.ar
¡Que interesante! Me encanta leer las "perlitas" que escribe.
ResponderEliminarFelicitaciones y Gracias por tanta información.
Saludos